jueves, 5 de septiembre de 2019

Procedimiento para celebración de la convención






Procedimiento para celebración de la convención:

PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE CONTRATO:            


Es     Es redactado en tres ejemplares, junto al acta autentica de la asamblea general del sindicato en la cual se acordó     su aprobación y debe ser presentada ante la inspectora de trabajo de la jurisdicción, seguidamente la revisión del   proyecto, la inspectora revisara  el proyecto de convención por si hallara razones de carácter legal que formular   que en cuyo caso se notificara al sindicato a los efectos de aclaraciones o correcciones que sean necesarias, si no   hubiere observaciones  o una vez hechas las aclaraciones  o correcciones de orden legal, el inspector debe   transcribir el proyecto al patrón o patronos para iniciar las negociaciones a la fecha y hora inmediata, a partir del  día  y la hora de la presentación del proyecto del contrato ante la inspectora del trabajo, los trabajadores interesados no podrán ser despedidos , trasladados o desmejorados en las condiciones de trabajo sin causa calificada previamente por el inspector, esta inamovilidad tendrá  efecto durante el periodo de las negociaciones conciliatorias del proyecto de contrato hasta por un lapso de  180 días, en caso excepcionales el  inspector podrá prorrogar la inamovilidad hasta por 90 días más.

EFECTOS DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA:
       
Están enunciados en un doble principio: El principio de efecto expansivo por consecuencia del cual las estipulaciones de   la convención se aplica por igual a los trabajadores contratados antes, durante y después de su vigencia, así mismo con  ese principio se alude a que la convención colectiva se aplica no solo a los miembros del sindicato que la allan  celebrado sino también a los trabajadores no adictos a ese organización por ser indiferentes a ella o estar afiliados a otros sindicatos minoritarios, posteriormente el principio del efecto automático por cuya virtud las estipulaciones de la convención colectiva se convierten en clausulas obligatorias y en parte integrante de los contratos individuales de trabajo celebrados o que se celebren durante su vigencia con la sola excepción de los casos a los que se refieren los artículos 509 (empleados de dirección y de confianza) articulo 5010 (representantes del patrono en la discusión y celebración de la convención)

DURACIÓN Y MODIFICACIONES DE LA CONVENCIÓN COLECTIVA:  

La convención colectiva tendrá una duración que no podrá ser mayor de tres años ni menor de dos años sin perjuicio de que la convención prevea  clausulas sub revisables en periodos menores, con referencia a las modificaciones que puede sufrir la convención colectiva cuando el patrono en razón de circunstancias económicas que pongan en peligro la actividad o la existencia misma de las empresa deba proponer a los trabajadores aceptar determinadas modificaciones en las condiciones de trabajo, presentara ante el inspector de trabajo un pliego de peticiones en el cual expondrá sus planteamientos y aspiraciones.

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